Parámetros vigentes desde agosto 2018 para encuadrar como micro, pequeña o mediana empresa



La Secretaría de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa (SEyPYME) actualizó los valores máximos de las ventas anuales que se tendrán en cuenta para encuadrar como micro, pequeña o mediana empresa.

Estos valores se incrementan algo más del 25%, respecto a los que rigieron desde mayo pasado.

Para establecer el valor anual de ventas, se excluye el 75% del monto de las exportaciones.

Para quienes desarrollen las actividades de comisionistas, consignatarios y agencias de viajes, se suma el requisito de no superar una cantidad máxima de empleados.

En el caso de empresas que tengan como actividad principal la intermediación financiera, servicios de seguro o servicios inmobiliarios deberán poseer un activo menor o igual a $100 millones.

Los nuevos parámetros, vigentes a partir del 10 de mayo de 2018, son los siguientes:

 

Valores máximos de facturación:

Cantidad máxima de empleados (aplicables para las actividades de comisionistas, consignatarios y agencias de viajes): 

 

 

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