Mediante la Resolución General 13/2016, la Comisión Arbtiral determinó que a partir del 1 de agosto de 2016, cada jurisdicción adherida al Régimen de Percepción en Operaciones de Importación (SIRPEI) podrá establecer una alícuota diferente sobre los sujetos pasivos del impuesto sobre los ingresos brutos comprendidos en el Convenio Multilateral que realicen operaciones de importación y que tengan declarada actividad en ese fisco.
En los casos en que una jurisdicción no fije una alícuota diferente, continuará aplicándose la alícuota de 2,5% establecida originalmente.
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