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Mediante la Resolución 2/2016, la Comisión Arbitral dispuso que el vencimiento de la declaración jurada del Convenio Multilateral (Formulario CM 05) correspondiente al período fiscal 2015 tendrá lugar el 30/06/16, aplicando a partir del cuarto anticipo el coeficiente unificado y las bases imponibles jurisdiccionales determinadas.
Originalmente se había dispuesto que dicho vencimiento operaría el 30/04/16, prorrogándose luego para el 16/05/16. Finalmente, con la Resolución publicada hoy, el vencimiento volverá a producirse en la fecha en que tenía lugar habitualmente cada año.
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